Condiciones generales

Suscripción de cuenta de crédito

Apertura de cuenta de crédito a los usuarios que soliciten beneficiarse de los servicios de la compañía Futura Logística, previo pago de la cuota de abono anual de 56 euros, en concepto de cliente preferencial.

El usuario que no satisfaga la cuota de abono, podrá ver incrementado el precio de los servicios solicitados en un 20%, sobre los de la presente tarifa.

Horarios

El horario de apertura y cierre de las oficinas es de 8:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 19:00 horas. El horario de oficina en sábados es de 8:30 a 11:00 horas. El horario de verano en los meses de julio y agosto es de 8:00 a 14:30 horas y de 16:30 a 19:00 horas, siendo el horario en sábados de 8:30 a 11:00 horas.

Los servicios solicitados fuera de horario, serán aceptados con carácter opcional y sufrirán incremento en el precio (consultar operativa en su delegación).

Cobertura Interna Futura Logística de mercancías

La mercancía que circula por nuestra red está cubierta por defecto por lo que marca la Ley 15/2009, de 1 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías y opcionalmente para aquellos clientes que lo soliciten por la Cobertura Interna Futura Logística, de acuerdo con las condiciones que se recogen en estas condiciones generales.

1. COBERTURA LEGAL INCLUIDA por defecto 

Cumpliendo con la responsabilidad exigida por la Ley 15/2009, de 1 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, la indemnización por pérdida o avería no podrá exceder de un tercio del IPREM/día por cada kilogramo de peso bruto de mercancía perdida o averiada, mientras que la indemnización por los perjuicios derivados de retraso no excederá del precio del transporte.

En caso de no contratar la CITE, la indemnización quedará sujeta a lo marcado por la Ley 15/2009, de 1 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.

2. COBERTURA INTERNA FUTURA LOGÍSTICA OPCIONAL DE MERCANCÍA

A. Cobertura Interna Futura Logística general sobre valor de los portes

Tasa 8% sobre el valor de los portes (cobertura máxima de 1.200 euros por envío). En los servicios Multiexpress la cobertura máxima es de 100 euros por envío.

Para todos aquellos servicios de contenido mercancía general.

Las siguientes mercancías tienen una franquicia de 300 euros (consulte con su delegación):

- Telefonía móvil y sus accesorios.

- Material informático y sus accesorios.

B. Cobertura Interna Futura Logística sobre valor declarado del contenido

Tasa 8% sobre el valor de los portes, más 0,50% sobre el valor de la mercancía (cobertura máxima de 6.000 euros).

Prima mínima 1,50 euros.

Para todos aquellos servicios de contenido mercancía general.

3. CONDICIONANTES A LOS PLANES DE COBERTURA

Cobertura Interna Futura Logística aplicable exclusivamente a mercancías. Las expediciones de documentación son asegurables por el valor de impresión, nunca por el valor de creación o realización. La indemnización de la mercancía será únicamente por el valor de adquisición, nunca por el valor de venta.

La indemnización de la mercancía usada, en el caso de siniestro, sufrirá la depreciación del 20% por cada año transcurrido desde la compra.

Asimismo, las reclamaciones de las mercancías dañadas se efectuarán por su valor de reparación, previa presentación de factura de reparación.

TABLA DE DEPRECIACIÓN

Mercancía con antigüedad Depreciación aplicada de
 Menor de 1 año  0 %
 Más de 1 año  20 %
 Más de 2 año  40 %
 Más de 3 año  60 %
 Más de 4 año  80 %
 Más de 5 año  100 %

 

Todos los envíos transportados viajarán con la cobertura y tasas de la Cobertura Interna Futura Logística general sobre valor de los portes salvo expresa renuncia del cliente o porque la naturaleza de la mercancía está excluida de la Cobertura Interna Futura Logística.

Sin perjuicio de la cobertura contratada, en cualquier caso siempre prevalecerán las indemnizaciones previstas en la Ley 15/2009, de 1 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías siempre y cuando estas sean superiores a las que corresponderían por la modalidad de CITE seleccionada por el cliente.

4. RIESGOS EXCLUIDOS

Quedan expresamente excluidos las pérdidas, daños o gastos que, total o parcialmente, directa o indirectamente sean causados por o a consecuencia de:

  • Conducta dolosa del Asegurado.
  • Infracciones a las prescripciones de expedición, así como de importación, exportación o de tránsito. Violación de bloqueo, contrabando y comercio, o actividad o tráficos prohibidos, clandestinos o ilegales.
  • Combustión espontánea de la mercancía asegurada.
  • Vicio propio o cualidad intrínseca de las cosas aseguradas o defecto en su fabricación o construcción.
  • Materias radioactivas, transmutación del átomo o de la fusión o fisión atómica o nuclear o cualesquiera otras reacciones nucleares.
  • Mermas naturales y uso y desgaste de los bienes asegurados.

La Cobertura Interna Futura Logística cubre los daños materiales y directos; no son indemnizables los daños indirectos tales como perjuicios comerciales por ventas no realizadas, diferencias de cambio, pérdidas de mercado o de garantía de origen.

5. MERCANCÍAS EXCLUIDAS DE CUALQUIER COBERTURA INTERNA FUTURA LOGÍSTICA

  • Envíos en los que la delegación de ORIGEN, oficina de CARGO y oficina de DESTINO son coincidentes.
  • Mercancías que no pueden ser transportadas por Futura Logística, de acuerdo con la normativa legal vigente.
  • Objetos de valor excepcional y/o antiguos.
  • Piedras preciosas y perlas verdaderas.
  • Orfebrería de metales finos (oro, plata y platino).
  • Alhajas y artículos de joyería.
  • Objetos de arte, antiguos, raros cuyo valor no sea convencional.
  • Encajes de hilo, bordados o tejidos con metales finos y blonda legitima de seda.
  • Colecciones de monedas y sellos.
  • Mercancías con insuficiencia de envase y embalaje:
  1. El material informático, monitores, televisores y cualquier electrodoméstico, siempre que no dispongan de su embalaje original. 
  2. Todos aquellos recipientes de cristal, plástico, etc, que contengan líquido que pueda dañar el resto de mercancías, si no se transportan con el correspondiente embalaje protector de botellas, diseñado a tal efecto y disponible en el Dpto. de Compras de FUTURA LOGÍSTICA, o con su caja original, siempre y cuando la caja original reúna las condiciones de seguridad y contengan separadores (cartón o burbuja). Siempre que el embalaje sea adecuado, en el supuesto de rotura, sólo se abonarán los recipientes rotos. En el supuesto de desperfectos en la etiqueta del recipiente (por quedar manchada), si el recipiente es de numeración en la etiqueta, se abonará el recipiente original. Si no es de numeración se abonará el coste de reetiquetado de los recipientes afectados.
  3. Los envíos navideños en cesta de mimbre (o similar) y protegidos sólo con papel de celofán, no quedarán cubiertos por la Cobertura Interna de mercancías en caso de siniestro, al considerarse como “Mercancías con insuficiencia de envase y embalaje”. 
  4. En cerámica (platos, tazas, figuras) y sus derivados, se considera Insuficiencia de Embalaje si no se transportan con separador (burbujas, cartón). Además es OBLIGATORIA la utilización de las etiquetas “MUY FRAGIL” y que éstas estén adheridas junto a las etiquetas del código de barras de los envíos. Para expediciones de más de un bulto, es necesaria la utilización de la etiqueta “MUY FRAGIL” en cada uno de los bultos.
  5. En cristales y sus derivados (Lunas coche, espejos), se considera Insuficiencia de Embalaje si no se transportan correctamente protegidos, es decir no se cubrirán este tipo de mercancía si únicamente van embalados en una caja de cartón. Dicha mercancía debe estar cubierta por papel burbuja y con embalaje interior que no permita el movimiento del contenido.
  6. Se considera que existe Insuficiencia de Embalaje en un envío, cuando pueda accederse al contenido del mismo sin necesidad de dañar, romper, menoscabar, deteriorar y/o alterar su embalaje. En dicho caso el envío no quedará cubierto por la Cobertura Interna de mercancía, al considerarse como “Mercancía con Insuficiencia de Envase y Embalaje”
  7. Se considera insuficiencia de embalaje cualquier envío que sea transportado en el interior de un sobre Standard sin ninguna protección (plástico, cartón, material necesario de protección interior,…).
  8. Se considera insuficiencia de embalaje cualquier envío susceptible de sufrir algún daño, que sea transportado en el interior de una caja de cartón sin que el mismo haya sido protegido con un material adecuado de protección, tales como papel de burbuja, corcho, etc.
  9. En mercancía frágil (cristales, cerámicas, figuras decorativas, platos, tazas…), es obligatorio poner la etiqueta de “MUY FRAGIL”.
  10. Es responsabilidad del Cliente embalar de manera adecuada las mercancías transportadas.
  11. FUTURA LOGÍSTICA, se reserva el derecho de valorar si algún envío reúne las condiciones de seguridad necesarias para su transporte, y en caso negativo, solicitará a la Delegación la modificación y/o adecuación de dicho embalaje, para que pueda ser transportado, y por ende, susceptible de cobertura de la Cobertura Interna.
     
  • Materias corrosivas o inflamables. 
  • Materias explosivas.
  • Materias venenosas.
  • Carnes, pescados, mariscos frescos, refrigerados o congelados, y mercancías que precisen frío para su conservación.
  • Prensa en cualquiera de sus variedades.
  • Mercancías averiadas o para reparación. (En siniestros de pérdida se indemnizará con el valor de la mercancía aquellos casos en los que ésta se encuentre en periodo de garantía. En caso contrario, se aplicará la tabla de depreciación indicada en el apartado 3. En los siniestros de deterioro con nota de reparación se indemnizarán los daños no incluidos en dicha nota. En caso de no llevar nota de reparación, será sometido a evaluación). 
  • Documentos y fotocopias de cualquier tipo, que poseen un valor superior a la mercancía en sí.
  • Efectos comerciales, efectos bancarios, dinero al contado, escrituras, letras, Títulos y cupones de valores mobiliarios, billetes de banco, Títulos o documentos al portador.
  • Billetes de avión o de cualquier otro tipo de transporte.
  • Lotería o quinielas (premiadas o no premiadas).
  • Tarjetas de teléfonos móviles (de recargo, prepago, de cabina telefónica y contrato).
  • Entradas de espectáculos, conciertos, fútbol, etc.
  • Material adquirido en subasta. En caso de siniestro de este tipo de mercancía, para la valoración del material, se considerará como fecha de antigüedad la fecha de compra del primer propietario y no la fecha de compra en subasta, aplicando la depreciación indicada en el apartado 3.

6. PLAZOS DE GESTIÓN DE LA COBERTURA INTERNA FUTURA LOGÍSTICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 15/2009, de 1 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, el destinatario deberá manifestar por escrito sus reservas al porteador describiendo de forma general la pérdida o avería en el momento de la entrega. En caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas deberán formularse dentro de los siguientes siete días naturales a la entrega.

Una vez formalizada la reclamación dentro de los plazos descritos, las acciones derivadas del contrato de transporte prescribirán en el plazo de un año.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA GESTIÓN DE LA COBERTURA INTERNA FUTURA LOGÍSTICA

En  caso de que el cliente tuviese que tramitar alguna Cobertura Interna Futura Logística, es necesario facilitar la siguiente documentación a la delegación, antes de 75 días de la emisión del envío:

1. Carta original de reclamación de daños o de pérdida.

Esta deberá venir en papel con membrete del cliente, además de con la firma y el sello del mismo.
Además deberá especificar claramente el material siniestrado y su valor de coste.
Si se tratara de una mercancía enviada para reparación, el cliente deberá indicarlo de forma expresa.

2. Justificación del contenido del envío:

Será justificado, aportando fotocopia de la factura comercial original entre remitente y destinatario (con el total de la mercancía enviada), así como fotocopia de la factura original de la compra inicial (factura de adquisición al proveedor inicial de la mercancía siniestrada). En el caso que estas facturas fueran de fecha posterior a la de emisión del envío, deberá presentarse además valorados el albarán o el pedido de la mercancía, que deberá ser de fecha anterior o igual a la del envío. 

En el caso de que el cliente no pudiera aportar la justificación del valor del contenido del envío mediante dichas facturas, por causas ineludibles como que sea el fabricante de la mercancía, que sean muestras, prototipos…, y con el fin de que la mercancía emitida por ese cliente disfrute de la Cobertura Interna Futura Logística contratada, se deberá justificar de forma inequívoca su “valor medio de mercado actual”. En estos casos la indemnización máxima se calculará realizando un descuento del 30%* a dicho valor.

3. Finiquito firmado por el cliente. Documento que le será facilitado por su delegación.

4. En el caso de tratarse de deterioro de la mercancía, Material a Evaluar.

5. En el caso de robo, copia de la denuncia efectuada ante la Autoridad Gubernamental Competente.

Mercancías

Queda prohibida la recogida, entrega y transporte de paquetes u objetos cuyo contenido sea contrario a la ley, la moral o las buenas costumbres y de tráfico ilícito. El cliente incurrirá en las acciones y perjuicios derivados del incumplimiento de esta norma, y quedarán exonerados de todo tipo de responsabilidad Futura Logística, personal propio y terceros contratados. No se admiten animales vivos, líquidos corrosivos o nocivos, alimentos perecederos, materias explosivas o inflamables, envíos en metálico, joyas, obras de arte, armas, gases y aerosoles inflamables y explosivos. Los envíos efectuados por vía aérea están sometidos a la normativa de IATA.

Aduanas

Los envíos destinados a Andorra, Canarias, Ceuta, Melilla y Gibraltar pueden sufrir retrasos por estar sometidos a control aduanero. Los gastos de cabildos, aforos o cualquier otro gravamen serán por cuenta del destinatario, salvo indicación del remitente. Los envíos con estos destinos, deben ir acompañados de una factura o declaración de contenidos con 5 copias debidamente firmadas y selladas, en las que figuren los siguientes datos:

  • Nombre o razón fiscal, NIF, dirección completa del remitente y del destinatario.
  • Número de paquetes y descripción detallada de la mercancía.
  • Valor total a efectos de aduana.
  • Motivo de la exportación. Especificar si es temporal (excepto documentación).

Canarias: Cuando el valor de la mercancía no sea superior a 150,25 euros ni su peso superior a 10 kg, se aplicará un suplemento en concepto de mercancía de bajo valor.
En los envíos de carácter mercantil (compra-venta), o en su defecto envíos de valor superior a 150,25 euros o de peso superior a 10 kg, se aplicará un suplemento en concepto de mercancía de alto valor.

Andorra: Todos aquellos envíos con valor superior a 12 euros (alto valor), deberán llevar adjunto una factura proforma, y tendrán un suplemento en concepto de gestión aduanera.

Ceuta, Melilla y Gibraltar: Todos aquellos envíos con peso superior a 1 kg (alto valor) tendrán un suplemento en concepto de gestión aduanera.

Cargos adicionales

Los envíos que, por datos incorrectos facilitados por el remitente u horarios intempestivos por parte del destinatario, requieran de una segunda entrega, tendrán un cargo adicional en concepto de segunda entrega, con previa autorización del remitente.

Todos los servicios solicitados a poblaciones distintas del Punto Cero, podrán ver incrementado el coste en función del kilometraje, según precio del kilómetro establecido en la tarifa vigente. Este cargo se aplicará en función del servicio solicitado.

Entregas

No se admiten envíos a apartados de correos. Se podrá rehusar por parte de la compañía envíos con deficiencia en embalaje, presentación o seguridad para el resto de mercancías transportadas (Ley 15/2009). El remitente podrá solicitar confirmación de entrega: el POD o el albarán del propio cliente digitalizado.

Las segundas entregas tendrán un cargo adicional.

Recogidas

Las recogidas en poblaciones sin delegación, solicitadas en ruta con un día de antelación, no sufrirán incremento sobre el precio del servicio base solicitado. Si se solicita en el mismo día, se aplicará, con el consentimiento del ordenante, el kilometraje ida/vuelta desde la agencia más próxima a razón de 0,59 euros/km.

Aspectos generales

Los kilometrajes desde los Puntos Cero hasta las poblaciones de destino podrán sufrir modificaciones bien sea por causas de enlace de carreteras o por cualquier circunstancia de cobertura de zonas. De la misma manera, en el servicio 19 horas: excepcionalmente y por cambios previstos en la logística de Futura Logística, la compañía se reserva la opción de poder alterar esta distancia durante este año.

Los envíos efectuados por vía aérea pueden sufrir variaciones en los horarios de entrega, por causas ajenas a nuestra compañía.

En los servicios a Portugal, el tránsito para algunos códigos postales se incrementará en 24 horas. Consulte con su oficina Futura Logística los códigos postales adheridos al servicio D+1. En caso de islas en Portugal, los tránsitos podrán verse incrementados en más de 24 horas. Consulte con su oficina Futura Logística.

Futura Logística no se responsabiliza del cumplimiento del servicio correcto por causa de fuerza mayor.

Legales

Para cuantas incidencias y acciones se deriven de la interpretación de esta tarifa, los usuarios de la misma renuncian a cualquier otro fuero procesal propio y se someten a los tribunales de la plaza que determine la compañía.

Los precios reflejados en la tarifa son sin IVA. Se aplicará en este concepto el porcentaje que proceda según la normativa fiscal vigente.

Futura Logística no se responsabiliza del cumplimiento incorrecto del servicio motivado por causas mayores o ajenas a la compañía.

La compañía se reserva el derecho de dejar de prestar servicio y rescindir la relación comercial si el cliente no satisface puntualmente cualquier adeudo, así como si incumple las condiciones estipuladas en la presente tarifa.

El cliente manifiesta conocer y aceptar las instrucciones, condiciones y normas de nuestros servicios.

Dimensiones y pesos

El límite máximo por bulto se establece en 40 kg.

La suma del alto, ancho y fondo de la mercancía no podrá ser superior a 240 cm, salvo que uno de sus lados no supere los 10 cm, en cuyo caso la suma de los lados no deberá exceder los 320 cm.

El límite máximo por paquete se establece en 40 kg. Volumen a razón de 333 kg/m3.  

Protección y Seguridad

Sobres

Futura Logística dispone, para todos sus envíos, de sobres de plástico altamente resistentes a cualquier deterioro de manipulación, así como con un cierre inviolable de seguridad que asegura su privacidad. Las medidas de estos sobres son:

  • 22 cm x 33 cm
  • 34 cm x 42 cm
  • 45 cm x 60 cm

Los servicios de 8:30 h., 48 horas y Multiexpress, disponen de unos sobres especiales que facilitan su identificación, a la vez que protegen los envíos. Además, Futura Logística dispone de sobres pre-pago.

Sacas de valijas

Los servicios de valijas gozan de unos envases multiusos, fabricados en un material altamente resistente, para garantizar siempre la protección sin mermar su frecuencia de uso. Su capacidad de resistencia es de 10 kg de peso, se puede utilizar tantas veces como sea preciso y su sistema de cierre es mediante precinto de seguridad.

Seguimiento informático

La red Futura Logística dispone de un programa informático que garantiza el seguimiento y la localización de los envíos, de modo que puede conocerse, en cada momento, el estado de cada uno de ellos. Cada envío viaja con una etiqueta con un código de barras, que le confiere un carácter único. Mediante su lectura con lectores ópticos, se conoce, en tiempo real, el estado de cada uno de los envíos que se encuentran en la red.

Cajas de cartón

Para aquella mercancía que, por su volumen, no quepa en los sobres Futura Logística, se han diseñado dos tipos de cajas con las siguientes medidas.

  • 23×18,8×13,6 (2 kg)
  • 35×18,8×13,6 (3 kg)
  • 40×27,4×13,6 (5 kg)
  • 40×24,4×27,4 (10 kg)
  • 40x40x27,4 (15 kg)

Además, a estas cajas hay que añadir otra más con las medidas: 10x10x80, pensada para el transporte de planos, documentos con medidas más grandes de lo normal, etc.

Ambas con un diseño corporativo y doble-doble canal, son susceptibles de ser apiladas sin que la mercancía que contengan sufra ningún tipo de deterioro.

Sobres de burbujas

Los disquetes, CD, microchips, etc. dispondrán de un sobre de alta resistencia adaptado a su tamaño (17 x 24 cm) y con protección de burbujas de aire en su interior. Para el resto de mercancías frágiles, se ha diseñado un sobre de 34 x 42 cm, con protección de burbujas de aire en el interior.

Embalajes para botellas

Las botellas que viajen por la red estarán protegidas por una estructura de polietileno, preparada para adaptarse perfectamente al tamaño de las botellas, e introducida en una caja de cartón, evitando el movimiento de las mismas. Estos nuevos envases tienen capacidad para 1 y 3 botellas. 

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